sabilutad qiie iio le |>erduiiaria la bis- lorín. Kmitiaino!) csla opinión en un articulo c:»ci ilo en liarcelona el dia i> delcorrienle ju- bo; y pivcisaniente en aquellos diasse publi- caron en Madrid lardos escrilus sobre dicbo asunto, lo que maniliesla (|ue la prensa ba- bia conocido lo mismo (|ue nosotros, y que si» necesitar de nuestras indicaciones, cuin- pUa con lo que reclamaban las circunstan- cias, l n motivo particular ba mediado para que se eulablase la polémica, y es el articulo publicado en el Pensamiento de la Nación en de julio en que combatiamos á nues- inis iidversarios con una ariíumentacion que i>i<)-> lian llamado bábil, ]H;ro lalsa, y que mas liien debiera calilicarse de fácil y sólida. Tal era lafundadn en tres hechos indudables. La «'xistencia de la pretensión dinástica; la ' \i>;i'nL-ia de un poderoso germen de dis- cordia mientras exista la pretensión dinásti- ca; la alta importancia de acabar con esta pretensión; de cuyos hechos resultaba una ounsccuoncia evidente: la conveniencia del enlace de la Reina con el conde ile Mmle- moíiu.
Como los artículos de nuestros cólegas alN*azan diversas cuestiones, será preciso deslindarlas para no contundir las ideas. Se ha llevado la discusión á la altura de los ñas altos principios de derecho publico, haciéndola después descender al terreno de las acusaciones a (pie suelen eutreffarse los partidos; por nuestra parle no tememos la luz ni en la reíiioii de las teorías, ni en la de los liechos; ni en aipiella se n<»s encon- Irorá láLsos, ni en esta se nos probara que uitMiamos ehíueiiinneiile ante la historia y la conciencia de los jnief)los. Nuestra argu- mentación no se apoya nunca en mentiras ytoliticm, siquiera sean elocuentes.
Antes de abrir esta nueva ¡Kjiémica es nece.'iario que procuremos no perder el ter- reno ganado en las anloriores. El Es¡mñol había concedido que el malriiuonio con el MMMfe de Montemohn no era imposible: aceptamos la confesión, y dedujimos las consecuencias legitimas y oportunas. El ¡le- niltln se duele de ipie se nos haya hecho esta comt -ion que apellida inmensa; y el fMíiol, no sin dejar traslucir algún disgusto de (|ue el Ihrnliio trate de enmendarle la plaiui, esplica como mejor alcanza las pala- MM objeto de censura. «No es imposible pero no es útil, ni bueno, ni conveniente; si alguno dijere y probare que estos tres in :i :i convenientes no constituyen un imposible moral, tan grave e invencible como el ma- tjor imposible físico, entonces creeremos ha- ber hecbo una concettion importante al par - tido Carlista; entretanto entendemos ({ue naestra franqueza ha elevado á mayor altu- ra el imposidle mo/v// que encierra el enla- ce del conde de Moulemolin. » No hay des- trerja que baste para sacar en bien de pasos tan difíciles; mnvormenle si hav (luien su atraviese en el camino para cerrar la salida.
lü espiicncion del hsparwl se reduce a que no na hecho concesión, pues (|ue no ba negado la imposibilidad moral, antes bien la ha alirniiido mas y mas, sosleniendo que el enlace no es ni útil, ni bueno, ni conve- niente. Preguntaremos al Iispníwt de qué imposibilidad trataba cuando decia (|ue el matrimonio no era imposible. Crciainos nos- otros, y debieron de creerlo lodos los lec- tores no fallos de sentido común, (pie solo se trataba, y solo se podía tnitar, de íidjxisí- bilidad moral. £n semejantes materias no naba imposibilidad metafísica ni física; por- que es evidente que no cslan de por medio ni la repugnancia esencial, ni el obstáculo de las leyes de la naturaleza. Luego cuando se decia: el matrimonio no f í imposible, se sobreentendía moralmenic. Cuando el lispa- iiol otorgaba la posibilidad moral, ó suá palabras debían signiiicar esto, ó tenian un sentido qm* no podemos esperar de su buen juicio é ilustraciou. Mas vale incurrir en contradicciones,' cosa muy fncil en una po- lémica, que fallar á las reglas de sentido común.
I'retende ol Español que estos tres incén- venientes, esto es, el no ser vi útil, ni bue- no, ni conveniente, constituyen un imposible moral;. jM'rmitasenos observar que esto no es exacto. La utilidad, ta bondad y la conve- niencia de una cosa, se miden por reglas iiHiy diferentes de la posibilidad moral: pue- de una cosa no ser ni útil, ni buena, ni con- veniente, y sin embargo ser muy posible. Por ejemplo el Español csla muy eonvcnci- do de (|ue el ministerio actual no es útil, ni bueno, ni conveniente, y sin embargo ¿quién negariaque es posible? A mas de que en favor (le su ()osibilidad, tiene el famoM principio: del acto á la potencia vale la con- secuencia; su existencia, su conservación a pesar de la oposición moderada, es lui indi- rio bastante seguro de su posibilidad. Por el contrario, una cosa puede ser útil, buena y cüi^veniente, y sin embargo ser imposible iuuralmcnto. ¿Quién duda de que un go- bierno baralo seria útil, bueno y ronvenien- tc para España en las rircunstuncias actua- les? y sin enibaríio. ¿(piién no vé que en es- las circunstancias, el jíobicmo barato es im- posible nioralniento?
Al leer las esplicaciones del Español be- mos crcido notar que él propio sentia la fla- queza de su discurso. El indicio lo hemos encontrado en su misma exaijeracion. No so- lo se deliondc de haber hecho al partido car- i lista una concesión importante, sino que entiende que con su franqueza ha elevado á | mayor altura el imposible moral que encier- ra el enlace del conde de Montemolin. En su concepto, los tres inconvenientes cons- tituyen un imposible moral tan grave é in- vencible como el matjor imposible físico. El Heraldo se queda muy atrás; el Español vende bien caras sus concesiones del momen- to; en adelante sabremos que el enlace con el conde de Montemolin es un imposible tan grave é invencible como el que fallen las, leyes de la naturaleza, por ejemplo la re- flexión do la luz, ó la fíravitacion imiversal. Cuando el lector baya llegado á una exage- i ración semejante, habrá meneado cuerda- ' mente la cabeza, murmurando aquello de: Qmdcumqneoslendis mihisic, iucréditlusodi.
Previas estas aclaraciones, que son por I decirlo asi un saldo de anteriores cuentas, y ' en las cuales si hay todavía alguna dilicultaH esperamos que sé la arreglarán amistosa- ^ mente el Español y el Heraldo, entremos en el fondo de la cuestión, tratándola bajo el Aspecto en que la han presentado los ar- tículos de los citados periódicos Al leer las contestaciones (¡ue el Heraldo y el Tiempo daban á la argumentación de los tres hechos i indudables, hemos recordado un ardid de que á veces se echaba mano en las escuelas, allá en los pacíficos tiempos de las arengas y quodlibetos, como diria el autor del Fray Gerundio. Sucedía, pues, que dos contrin- cantes querian dejarse mal parados, siendo la intención del argumentante no mas ino- cente (¡ue la de su adversario. Armábase aquel con un silogismo, que en su concepto no dejaba salida; la mayor era á pnieba de bomba, la menor se palpaba con las manos; y la consecuencia estaba tan fuertemente )cgada á las premisas, como un hombre sin amnicion á las sillas ministeriales. El susten- tante no tenia remedio, era imposible la salida; y el argumentante se síilwreaba ya con la idea de verá su adversario fn fomui. como si dijéramos cspueslo ála vergüenza publica. Mas como quiera que semejantes aprietos no gustan á nadie que tenga su poquito de amor propio, el sustentante al resumir el ingenioso silogismo, andaba discurriendo có- mo se podia arreglar para (pie el lazo corre- dizo no acabase de correrse y no le cslran- gidase lógicamente. Recordando la hazafts del nudo Gordiano, se proponía rom|>er á falta de jKtder desatar, y corlaba, como solia decirse, el hilo del argumento, negando redondamente al argumentante la proposición que este tenia por mas indudable, y á cuva negación se hallaba menos preparado. La inesperada negativa solia desconcertar ai del silogismo irresistible, y no tenia mas re* medio por de pronto que" agitarse en su asiento, toser sin sombra de catarro, y volver la cabeza en todas direcciones, corao ' preguntando á los circunstantes si no se ad- miraban de que se le hubiese negado una verdad tan incontestable. El caso es e! mis- mo. El I*e>sam!f,mo df la Naciots' habia asentado por primer hecho indudable la existencia de la cuestión dinástica: era de esperar que sus adversarios se defenderían señalando medios para estirpar dicha cues- tión, ó neutralizar sus efectos, sin necesidad del enlace ron el conde de Montemolin; pe- ro lejos de seguir este camino han tratado de cortar el hilo del argumento, negando la proposición mas indudable. Afortunadamen- te el l»E>s\MiK>TO se hallaba preparado para semejante negativa, y para cuantas otras les hubieran podido ocurrir á sus hábiles ad- versarios.
El Heraldo ha dicho: «La argumentación es hábil, pero falsa. Nosotros no reconoce- mos la existencia de la cuestión dinástica: resuelta por las leyes del país, por la volun- tad del último rey, por el voto de los pue- blos, si aun necesitaba una sanción mas so- lemne, la ri'cibió alta é indispensable en los campos de batalla.» Como este terreno es muy resbaladizo. es necesario mirar dónde ponemos los pies. Aun cuando quisiéramos olvidarnos de los riesgos de semejante polé- mica, la famosa denuncia del índice nos los recordaría elocuentemente.
Al hablar de cuestión dinástica. tomamos la palabra cuestión como un simple heclio, y separamos de ella toda idea de derecho. Mas claro: no queremos decir que ni don Icarios ni el coode de Mootemolin tuviesen razón, motivo ni prelcsto para disputar el trono á Doña Isabel M: prescindimos abso- lutamente del derecho, nos atenemos única- mente al hecho, y en este sentido decíamos y lo repetimos ahora, que existe la cuestión dinástica. Kl Tiempo ha notado que en algún piMie en vez de cuestión empleábamos la palabra pretensión: en esto tiene una prue- oa de que al |)ensar en el conde de Monte- molin no olvidábamos al fiscal de imprenta, 3UC podia muy bien tener la pretensión de enunciar nuestro periódico; inconveniente que tratábamos de obviar, satisfaciendo so- breabundnnlemcnte todos los escrúpulos di- násticos con usar indistintamente de las pa- labras cuestión y prel(*nsion. Confesamos ingénuamente que usamos de dicha palabra con deliberación plena, y con previsión de todo lo que podia suceder. Tomada la ¡)o.si- cion conveniente, y que bajo el aspecto le- gal consideramos inespu;;nnble, entremos en el examen de la proposición negada.
Hay cuestión mientras hay quien dispula: las razones pueden ser mas ó menos sólidas, oms ó menos t'uliles, nulas si se quiere; pe- ro mientras se disputa, hay verdadera cues- tión. Sabido es que algunos lilosofos niegan la existencia de los cuerpos; otros se han emp<'ña(to en probar que no hay ni puede haber movimiento; y por este tenor se han escogitado sistemas estravaganles, llegán- dMeá fundar escuelas lamosas que los sos- tenían con talento digno de mejor causa. A pesar de (|ue estos sistemas repugnaban á la razón y al sentido común, jamás se ha ne- gado que ofreciesen verdaderas cuestiones; basta abrir las obras de los ülósofos para ver que los dogmáticos al disputar con los cs- céplicos, no tienen ningún reparo en em- plear la palabra cuestión. Ahora bien, ¿es cierto ó no que el trono ha sido disputado en España? ¿es cierto o no <jue opinaron en fa- vor de ()• (darlos un numero considerable de españoles? ¿es cierto o no (|ue por esta cau- sa hemos sufrido una guerra sangrienta por espacio de siete años? ¿es cierto ó no (|ue el hijo primogénito de I). (darlos con los otros príncipes de su familia, permanecen aun en •etílud de oposición. absteniéndose de re- conocer la legitimidad de Doña Isabel H? ¿es cierto ó no que se hallen en el mismo caso muchos generales de 1) Cárlos, y per- •mas de la mas elevada categoría (|uc des- pnesde haber servido a Fernando Vil se declararon por su hermano? ¿es cierto ó no que muchos españoles conservan en su con- ciencia las mismas opiniones aue profesaron duraute la guerra civil? A touo esto que es cierto, que es indudable, que es mas claro que la luz del día, llamamos nosotros cues- tión diuástica. Decid ({ue estas opiniones son erróneas, infundadas, y sí queréis ab- surdas; decid que estas pretensiones son injustas, irracionales, y si os place crimina- les y traidoras; decid cuanto os parezca en la caliiicacion del hecho; pero el hecho existe, está aquí, ala vista de todos; ha costado abundantes lágrimas y torrentes de sangre, y no es imposible que en adelante los cueste de nuevo: ¿de qué sirve negar lo (|ue es evidente? Decid que la cuestión no existe |>orque está resuella por las leyes del país, por la voluntad del ultimo rey,*por el voto de los pueblos; mas para el* caso no basta nue vosotros lo digáis: para que el hecho lamentado desaparezca, es preciso que lo crean asi la familia de D. Cárlos j sus defensores. Si esto no sucede, la cues- tión continúa: v por mas que la supongamos contraria á tocio derecho, no perderá sa existencia de hecho.
En la opinión del Tiempo la frase cues- tión dinástica carece de sentido; la idea política que envuelve es una mentira. Jamás se han visto mentiras que se tradujesen en hechos de una manera mas formidable. ¡Frase sin sentido, lo que ha costado siete años de guerra civil!., frase sin sentido lo 3ue mantiene en inquieta espectativa á to- os los españoles!...frase sin sentido, lo que hace que el trono de la Reina se halle toda- vía sin reconocer por la mayor parte de las potencias europeas!...Desearíamos no en- contrar en un periódico grave y entendido semejantes exageraciones; y por cierto que no es á nosotros á quien dañan, antes por el contrario favorecen altamente la causa que defendemos. ¿Pues qué, el público español, la Europa, el mundo no tienen memoria, carecen de sentido común, para que á he- chos tan graves, tan dolorosos, de tan formi- dables peligros para el porvenir, se les pueda llamar hecnos sin importancia, men- tiras políticas, frases sin sentido? abando- namos esta exageración al buen juicio de los lectores; ellos le inq)OQdrán la pena que merece.
»0 nada significa, dice el Tiempo, la fra- se ctmtion dináitic*, ó por fuerza significa « que ia (liaastia actual de España, estable- cida de hecho en el pais por la voluntad y por ta Tuerza del pueblo, carece de lius san- ciones; de la sanción del derecho considera- do en abstracto, v de la sanción esterior v ()or decirlo asi empírica, del consenlinnento de las potencias europeas.)) Permítasenos observar que la cuestión dinástica no signiti- oa ni lo uno ni lo otro: si^niilica que hny una rama de la familia real (|ui! se cree con dere- ciiQs á la corona; (jue hay un número consi- derable de españoles partidarios de dicha ra- ma: esto signilica la cuestión dinástica; para esto no es necesario elevarse á teorías; i se trata de im hecho, nada mas ({ue de un hecho; lo hemos dicho mil veces, y lo repe- tiremos otras mil; no permitiremos (jue se trastorne el estado de la cuestión, ni (jue se fíresentcn las cosas bajo un aspecto falso; os puntos de derecho dan lugar á disputas, los puntos de hecho cuando este es mas cla- ro que la Iu7, del dia, como sucede en el ca- so presente, se hallan fuera de discusión. Para nosotros el asunto del matrimonio no tiene un interés dinástico, sino |M)litico, atendemos á consideraciones dinásticas en cuanto son hechos de consecuencias políti- cas: con tantas veces como hemos repetido la misma idea, creiamos que se nos habia comprendido.
El Tiempo no ha pecado en este punto por falta de inteligencia; quería llevar la cuestión á otro terreno, al del derecho diri- nú do los reyes, y al de la sanción esterior de las naciones europeas. \o tenemos incon- veniente en seguir á nuestro adversario en esta cuestión teórica. « Es claro, dice, que ol partido absolutista ó Icgislimista español, al sostener (|ue la cuestión dinástica no se halla resuelta y (|ue necesita de las dos san- cioDes indicadas, cree y declara: primero, que el pueblo no ha tenido un derecho per- fecto de delegar una parte de su solwranía en Doña Isabel II, Reina por sus esfuerzos y su voluntad: segundo, que Fernando Vil, Rey de derecho divino, tampoco lo tuvo pa- ra alterar el orden de Siucesion que llamó á su hija al trono, ron preferencia a su herma- no: íercero. que el reconocimiento de las potencias del Norte y del Papa, constituyen de por sí una condición necesaria para la le- j^itimacion del hecho revolucionario que ha puesto la corona en las sienes de la Reina actual: y cuarto, en lin. que esa legitima- eioD ^ sena iierfecla hasta que ol conde de Monlemolin sea llamado a compartir el cetro con su augusta prima; [tonpie solo en- tonces el derecho divino, cuvo principio re- presenta el hijo de Don Carlos, purilicara con su contacto el hecho popular á que debe su advenimiento la bija de doña María Cris- tina de Horbun. )> Eslrañamos <pie un periódico conserva- dor quiera resolver una cuestión de derecho público, por el principio abstracto de la soberanía nacional, y que uo haya advertido (jue con esta conducta hace la apología de don Carlos, librándole de las notas de rebel- de y traidor. En electo, si el den'( lio de dofiu Isal>el II se fundase en los Ci>liu i/.os y en la voluntad del pueblo, se seguiría qué como en iH'.ili no se habia |)odido manifes- tar de que parte se pondrían la voluutad y los esfuerzos del pueblo, doña Isabel il oo tendría su Ululo de legitimidad, v por consi- guiente, según la doctrína del Jietnpn, que- daría justilícado don Carlos a pesar de haber levautado la bandera de la guerra civil.
Otro titulo alega el Tiempo, \ cn ia \uiun- tad d«'l difunto monarca, eslrañando (|ue los partidarios del derecho divino incurran en tan pal|>abie contradicción. Si el Tieutjto se toma la molestia de evamiiiar lo que se en- tiende |)or derecho divino, verá que DOi»e otorga a los reyes la facultad de alterar las leyes fundamentales por su sola voluntad. Precisamente en este punto los carlistas adoptaban un principio que el Tiempo no puede rechazar, so pena de ponerse en abierta contradicción con sus do4:trinas libe- rales. Esto es tanta verdad, que los que han defendido la legiUmidad de doña Isaliel 11 han cuidado siempre de resucitar la uicmo- ría de las Cortes de 17Mü, mirandobu» kxo^ condición indíspen.sablc para la validex Él» ia pragmática sanción, en (pie se funda el derecho de doña Isabel II. EstrañanM»s que el Tiempo se baya oUidadu de o.<l;i< • 'misi- deraciones. y que al comparar la | ai- ca sanción de Fernando con el auti» ac(>rda' do de Felipe Y, no le baya ocurrido mas ventaja en favor de aquella <pie la de «haber sido defendida, aprobada y erigida en Cont- lilucioit por el tttñco poder legilimo tj auto- rizado en la ocasión, el poder del pais. \" tec de que hubiese C'u/Kv/i/mon, an. (pie el pais ejerciese su ))oder siquiera psr medio del Eslaialo, ¿donde estaba según Uis doctrinas del Ttem¡H), la legUiinidad de áHf fta Isabel II? ¿que suceden» dnrínte el mi- nisleriode On Bomiuder., y en los prime- ros miases del de Míirtinex 'de la Rosa? Nos re|)li(Mi.i el Ttrntpn que el poder del pais se manifestó con las armas, antes qnc se mani- feslase con las leyes; pero ya que de hechos so trata, deseariamos saber si Inslcvantainien- fo< de Castilla y de las provincias del Norte, uraroti también en alíro en la estadísti- ca del poder «IqI pais: desearíamos saber si en esa |M»rea;riijft votación del poder del pais en que las bolas se convierten en balas, y las urnas en cañones, no podia figurar en ligo el voló de Zumalacárreíriii. apoderán- 4bse de todas las provincias del Norte, ar- rojando sobre el Kbro al general Valdés, y obligando al gobierno de Madrid á pedir a toda prisa el socorro de la intervención es- tran^ícra.
No recordamos haber leido jamás en nin- gún escrito carlista, ni haber oído de la boca de nadie, la peregrina especie de que el reconocimiento de las potencias del Nor- te, y el del l'apa, fuesen condiciones índis- pen<;ables para la (Irme/a del derecho dinás- tico. Si el TiPtnjm se forma enemigos imagi- narios, podrá salir fanimenle victorioso contra ellos; pero los enemigos reales y ver- daderos no salílnm heridos con las cuchilla- (fos ípie descargue sobre aquellos seres fntásticos.
Estas observaciones destniyen por su basa todo el ediíicio del Tiempo, y así no hay necesidad de insistir sobre el cuarto y i^llimo corolario que impugna como doctrina de los carlistas. Kstns cuestiones de derecho publico, no se resuelven por los principios .'riístractos del derecho divino, ni de la sobe- ranía nacional; lo que se debe hacer es exa- minar las leyes, las costumbres, los trata- dos: lo demás es ageno de (^la clase de dis- cMíones.
Hemos defendido á los cariislas de las opiniones que les atribuye el Tiempo, por- que esto era necesario para esclarecer cum- plidamente la cuestión actual; por lo de- mas, hubiéramos podido prescindir muy bien de semejantes debales, nosotros que hemos manifestado una y mil veces el pro- pósito de ceñirnos á las cuestiones políticas prescindiendo absolutamente de las dinásti- cas. Dice el Titmpo que no admite en los re- vea semejante derecho de 'estar disponiendo de la cosa pública como propia y personal; y nosotros le advertiremos: (jwe es falso que adnúlan semejante derecho los partidario» del derecho divino; que no le han admitido nunca, que se puede retar á «piien sosten- ga lo contrario a que presente ni siíjuicra un autor resjíetablc, (pie hava dado seme* jante interpretación al dereclio divino. Como quiera este argumento nada puede significar contra el autor de este articulo (jue ha tra- tado cslen.samenle estas materias en una obra conocida del público. [Véase el Protetr tautismo comparado con el catolicismo en sus relaciones con la cirilizacion europea desdi el cap. 48 hasta el 69).
El trono de doña Isabel II puede estar agradecido al celo del Tiempo; pero nos parece que no lo puede estar igualmente al modo con que se le dcUende. Según este pe- riódico, «Doña Isabel II es Heina por el úni- co derecho legítimo y perfecto (jue existe en la tierra, elquedalaóo/Mn/^^inMi//cn/f y es- pontánea de las naciones; porque esa volun- tad cuando tiene los caracteres de la «nirrr- salidad y de la uniformidad, es la razón, y por ser la raxon es la justicia, y por ser la justicia es el den-cho en su manifestación posible y única. Fuera de ella solo hay inte- reses parciales, error ó usurpación, lucha de la parte contra el todo y de las familias contra las sociedades.» Si algún dia (juisie- se don Carlos presentai'se a la barra de las Cortes para defender su conducta, del)eria tomar por abogado el articulista del Tiempo. Hé aquí en breves palabras el discurso (pie este debiera pronunciar ateniéndose a sus propias doctrinas.
«Señores, el augusto acusado es inocen- te; se le ha llamado traidor, esta es una ca- lumnia atroz, se le ha llamado rebelde, y es- la es otra calumnia. No hay traición cuando no se debe lealtad; no hay rebelión, cuando no se debe fidelidad. La lealtad y la lidelidad no se deben á los poderes que no tienen la sanción del derecho; ó que si, la tienen no la han manifestado. El hhíco derecho legitimo y perfecto que exisle en la tierra, es el dado por la voluntad inlcligenle y espontánea de las naciones; por este único derecho es Rei- na dofia Isabel II. Cuando el augusto acusa- do Icvanló la bandera de la insurrección, el Rey acababa tle morir; la voluntad inleliyen- Ic tánea de la nación no se había j»odi(ÍM lii.iiiifeslar: ¿tenia la culpa mi augusto defendido, si no la había |K)di(lo conocer? Me parece oír á un sefior diputado que dice; ¿por qué no deponía las armas cuando esta voluntad inteligenlc y espontánea se fue nía- | discordia que convendría ntuclio cslirpar.
Tam|)oco se duda de í|ue el lualrímonu) coa el conde de Monteinctlin es el miniio mas a proposito, el indicado por la uiisina nalura> íeza de las cosas; ni se duda, por tifl, de que con este enlace saldría la Espaüa del aislamiento en que se halla res|>ecto a la mayor parte de las grandes potencias euro- peas; pero se duda de que el inalrimonio sea rcalizaiíle sin peli^íro de reacción, sin que se vuelva, o se pretenda volver, a la época de 1832; provocándose por lauto es- cenas parecidas a las de <SU y 48¿3. £ste es el único ar^íumenlo que bajo diferentes formas se objeta ni mntrimoniu del coude de Montemolin; esta es la razón que iiilluye eo el animo de no pocos para que no se deci- dan en favor de una medida de resultados tan firandes y tan palpables. No hay pre- vención |)ersonal contra el augusto proscrito de Bourges: pues que ui antes ni después de luiber tomado una posiciou publica, ka hecho nada ({ue pudiese irrílar a sus advcr- saríos, ni inluodiríes siquiera recelo 6 des- confianza; pero hay prevención contra lo que el prmcipc represeula por ser hijo de Ü. Garlos, y por las doctrinas y anteceden- tes del partido que le apoya y que le da fuerza é importancia. Ks necesario, pues, examinar bajo lodos sus aspectos el argumento de la reacción; es preciso acercarse á ese fantasma con que se quiere aterrar a los pusilánimes, y demostrar que es uua vana sombra, producto de imagmaciones acaloradas, ó un espantajo que cuidan de abultar los nacionales y estran- - ¡ue tienen un interés eu que la Espaíi.i ^attfa nunca de la división y desconcierto ea se halla, y asi quede imposibilitada para establecer un gobierno capiiz de asentar so- bre basa tirme el orden publico, y de tra- bajar por levantarla del abatimiento, y ha- ceríc ocupar el puesto que le corresponde entre las naciones europeas.
Lo primero que ocurre al examinar el ar- gamento de la reacción, es la contradicción singular en que incurren los adversarios del matrimonio del conde de Montemoliu, — ^o hay cueslion dinástica, esta es una frase sin sentido; el partido carlista es iiu(>olente; está vencido en todos los terrenos, eu el de las leyes, en el de las armas, en el de las cos- tumbres y espirita del siglo; rechazado por las tendencias de la época, esta condenado á vivir arrastrando su existencia, sin qur nifestando? Señores, esta voluntad es la ra- 2on, y |K)r ser la razón es la justicia, y por serla justicia es el derecho. en su maniíésta- cioD posible y única-, pero no se crea que disfrute siempre de tan insignes pre rogati- vas: esto se veriíica en un solo caso, á saber, cuando tiene los caracteres de unipersali- dad y uniformidad,.\hora bien, señores, ¿debemos estrañar (jue mi augusto defendi- do, abrigase algunas dudas sobre la unirer- talidiid y uniformidad de la rolunlad na- cional en favor de doña Isabel II, cuando se veia rodea<lo de numerosos butailones de aoluníarios uue griUiban vira Carlos V, en Ifavarra, en las provincias Vascongadas, en Cataluña, en.\ragon, sin que hubiese pro- vincia en España donde no brotasen partidas que daban el mismo gríto? Decidme, seño- res, no habría por lo menos algún funda- mento para dudar de los caracteres de uhí- tersalidad y uniformidad? »